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Los ministros de la SCJN “deberían intentar un acuerdo en la elección de su presidencia, para que no se presentaran confrontaciones públicas”: Ricardo Monreal

El diputado Ricardo Monreal Ávila, presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena, consideró que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “deberían intentar un acuerdo en la elección de su presidencia, para que no se presentaran confrontaciones públicas que ya están rebasando lo normal y lo recomendable”.

En entrevista a representantes de medios de comunicación, en cuanto al tema de presidencia de la Corte, Ricardo Monreal explicó que “sí hay criterios, sí hay la antinomia, sí hay la norma contradictoria constitucional, dado que una menciona que es la más votada en segundo lugar. En este caso, le correspondería a Lenia Batres y la otra disposición que se quedó en la Constitución es que el cuerpo de ministros por mayoría decide quién es la presidenta o el presidente”.

Expresó que tiene una buena opinión de Lenia Batres y, “en un sentido estricto, ella podría acceder a la presidencia, pero también está la otra interpretación constitucional que, por antigüedad, tiene también aplicabilidad¨.

“Yo lo que creo que lo que debería intentarse en la Corte, si es que no se deroga uno de los artículos, que eso sería la solución desde el punto de vista legislativo, derogar una de las dos disposiciones, pero si no se logra y no se tiene el consenso de aquí a los próximos meses, lo que deberían intentar es un acuerdo entre los ministros para que no se presentaran este tipo de confrontaciones públicas que ya están rebasando lo normal y lo recomendable”, apuntó el legislador.

“Creo que tienen que tener un cuerpo pequeño, capacidad para decidir internamente, pero no creo tampoco que vaya a ratificarse por dos años al ministro actual, presidente”.


Monreal Ávila recordó que el gran problema que se suscitó cuando se intentó prorrogar la presidencia de aquel momento del ministro Zaldívar y que fue motivo de un gran movimiento, inconformidad por esa pretensión, entonces ahora hay que respetar la Constitución.

Comentó: “yo creo que el Poder Legislativo tiene responsabilidad al no haber derogado una o al no haber eliminado una de las dos disposiciones. Pero creo que se puede llegar a un acuerdo y hay salida institucional y jurídica, no hay problema”.

El TEPJF puede funcionar con plena jurisdicción y competencia con la ausencia de dos de sus integrantes

Por otra parte, señaló que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “por lo pronto puede funcionar con plena jurisdicción y competencia, con la ausencia de dos de sus integrantes”.

Monreal Ávila afirmó que “sí puede quedarse como está, con los magistrados que actualmente están sin dos de ellos, pero también puede en el próximo 28, que es lo que va a resultar, elegirse por voto popular a los otros dos magistrados. Hay una interpretación que está oscilando que si puede integrarse quien quedó en segundo lugar de la elección de magistrados; es una discusión que se está dando y que no se ha agotado”.

Afirmó que el TEPJF puede mantenerse en el número que está. “Es legal y legítimo que el cuerpo colegiado se mantenga con menos dos magistrados, puede resolver y atender las causas que se le plantean en razón de su competencia”.

Detalló que en el único caso que exige la Constitución Política que haya todos los consejeros o, en este caso, todos los magistrados electorales, es para calificar la elección presidencial y no estamos ante ese supuesto.

Al ser cuestionado sobre la renuncia de Mónica Soto como magistrada del TEPJF, dijo: “yo quiero expresar mi posición personal. Ella cumplió un ciclo y cumplió desde mi punto de vista su responsabilidad con acierto, imparcialidad y legalidad en todos sus actos, pero ella creyó que ya era momento de concluir su responsabilidad”.

En este sentido, mencionó que la Constitución dice que quien conoce de la renuncia es el Senado de la República o, en su caso, como es aplicable este momento, la Comisión Permanente.

“La Comisión Permanente debe calificar la renuncia, también agrego que la Constitución señala que las renuncias solo son por causas graves y quien califica la causa es la Comisión Permanente, aunque la Constitución no define qué son las causas graves”, aclaró.

Expuso que es una decisión de la Comisión Permanente, pero la Constitución no especifica qué causas son graves y qué no. Simplemente la tradición jurídica y la tradición legislativa es que nunca se ha analizado si eso no es causa grave.

“Recuerdo dos casos: el ministro Medina Mora y recuerdo el caso del ministro Zaldívar; simplemente presentaron sus renuncias por motivos personales, pero el Senado nunca entró a considerar si eran o no causas graves, pero la Constitución así lo refiere”, apuntó.