Advertisement

Propone incorporar en la ley la prevención permanente de la violencia contra las mujeres

La diputada Zaria Aguilera Claro (Moerena), presentó una iniciativa para fortalecer jurídicamente la obligación de los tres órdenes de gobierno de prevenir la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones y modalidades.

La propuesta plantea adicionar un párrafo cuarto al artículo 2 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, con lo que se recorrerían en su orden los párrafos subsecuentes del mismo artículo.

La iniciativa modifica únicamente dicho artículo y busca incorporar de manera expresa en la legislación la responsabilidad de la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios de promover, dentro de sus respectivas competencias, acciones orientadas a prevenir la violencia contra las mujeres.

Actualmente, el artículo 2 establece las obligaciones generales de las autoridades para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias. Con la adición propuesta se pretende reforzar su contenido preventivo, a fin de que la actuación institucional no se concentre solamente en atender o sancionar las agresiones una vez que hayan ocurrido.

La modificación legal permitiría establecer con mayor claridad que la prevención debe formar parte permanente de la actuación de las autoridades, mediante campañas de información, actividades de sensibilización, difusión de protocolos, promoción de la cultura de la denuncia y divulgación de los servicios institucionales disponibles para las mujeres que enfrentan situaciones de riesgo.

Asimismo, la reforma busca fortalecer la coordinación entre los distintos ámbitos gubernamentales para difundir información sobre líneas de emergencia, refugios, centros de justicia para las mujeres, mecanismos de acompañamiento y demás herramientas de protección existentes.

La diputada Zaria Aguilera señaló que la prevención efectiva de la violencia no debe depender de acciones aisladas, campañas temporales o de la voluntad de las administraciones en turno, sino quedar establecida como un mandato legal permanente para las autoridades de los tres órdenes de gobierno.

La propuesta también pretende impulsar actividades educativas y comunitarias encaminadas a modificar patrones culturales, prevenir la normalización de las violencias psicológica, económica, familiar, sexual, digital y comunitaria, así como promover la igualdad y formas pacíficas de resolución de conflictos.

En términos legislativos, el proyecto de decreto contempla un artículo único por el que se adiciona el párrafo cuarto del artículo 2 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias y se recorren los párrafos subsecuentes, sin plantear modificaciones a otros artículos de la legislación.

La reforma es congruente con los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos a la protección de los derechos humanos, la prohibición de la discriminación y la igualdad entre mujeres y hombres.

También responde a las obligaciones internacionales asumidas por México mediante la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará.