Los senadores oficialistas por segunda vez aprobaron en lo general y en lo particular la reforma a la Ley de Amparo con modificación al artículo tercero transitorio para que la norma sí se aplique a los juicios que ya están en curso, pero sólo a las etapas que están pendientes de resolverse.
Apenas unas horas después de que la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Amparo, el pleno del Senado de la República admitió darle trámite de urgente a la minuta y, sin discutirse en comisiones, debatió la iniciativa.
Los senadores de la Cuarta Transformación la aprobaron por 83 votos a favor y 38 votos en contra.
La reserva al artículo tercero transitorio modifica la reserva al mismo artículo aprobada en el Senado la semana pasada que daba retroactividad de la Ley de Amparo.
Sin embargo, en la madrugada de este miércoles los diputados oficialistas modificaron ese artículo y, con una nueva redacción “suavizaron” el polémico transitorio.
De esta forma, la iniciativa sí se aplicará a los juicios que ya están en curso, pero solo a las etapas que están pendientes de resolverse.
“Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”, detalla la reserva.
En la discusión se presentó una moción suspensiva por parte del coordinador de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC), Clemente Castañeda, por considerar que la reforma es regresiva y más con el artículo transitorio aprobado en San Lázaro, mismo que calificó como un insulto a la inteligencia.
“La Cámara de Diputados, hay que decirlo con todas sus letras, mantuvo la retroactividad. Eso sí, afirman que no es retroactivo. Proponen que al tratarse de una ley procesal, cosa que no es, las etapas procesales sin curso continúan rigiéndose por la legislación vigente hasta la etapa procesal en que se encuentren, pero que a partir de este punto se aplicarán las disposiciones de la nueva ley…
“Déjenme decirlo con todas sus letras. El transitorio Huerta (en alusión al senador que la presentó en el primer debate de la reforma) cuando menos era honesto. Sí, cínico, pero valiente. Decía con todas sus letras: ‘nosotros queremos que a partir de ahora la legislación o cualquier trámite se haga con base en este decreto’. Pero ahora no, ahora nos quieren engañar absolutamente. Quieren decir que no es retroactivo, simple y sencillamente poniendo en el decreto que no es retroactivo.
“No, compañeras y compañeros, no engañen al pueblo de México, háblenle con honestidad, háblenle con franqueza”, reclamó Castañeda.
La moción suspensiva fue rechazada como todos los argumentos de los senadores de oposición, así como las cinco reservas presentadas por parte de los senadores del PAN y PRI que buscaban modificar el artículo tercero transitorio.
Con ello, los legisladores oficialistas aprobaron en fast track la reforma a la Ley de Amparo con la modificación a la norma con las “sugerencias respetuosas” del coordinador general de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar.
Después de sus vaivenes, la reforma aprobada en el Congreso de la Unión fue remitida a la presidenta Claudia Sheinbaum para su posterior publicación en Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrada en vigor.