Por Víctor Barrera
Sin lugar a dudas algunos integrantes del nuevo Poder Judicial se dejan llevar más por la ideología que por las leyes y justicia y por ello interpretan todo a favor del Estado como el ente que debe manejar absolutamente todo y repartirlo, y no sobre los beneficios hacia la población, que es el objetivo principal de cada ley de nuestra Constitución Política
Recientemente, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación se llevó a cabo una discusión sobre un proyecto de sentencia presentado por la ministra Sara Irene Herrerías que buscaba resolver la contradicción existente sobre si se debe o no gravar los ingresos provenientes de una cuenta de retiro de los trabajadores que se entregue a sus familiares como beneficiarios.
Esto es que, los ahorros que el trabajador fue creando a través de su vida laboral y que se acumularon en su cuenta de seguridad social, junto con la cuentas que se derivan de ella, deben gravar al momento de entregar a sus familiares al fallecer el titular o no.
De acuerdo al Código Fiscal de la Federación estas aportaciones se consideran contribuciones para que el trabajador pueda gozar de ellos al momento de pensionarse, cuando su tiempo laboral llegue el señalado en las leyes correspondientes derivadas de los artículos consagrados a favor de los trabajadores en la Constitución Política. Estos recursos fueron ya gravados al momento de su aportación, por lo que, de acuerdo a las leyes no se puede gravar dos veces.
Sin embargo, ante la contradicción existente entre dos tesis, donde una manifiesta que si debiera gravarse y otra que no debería gravarse se llevó a cabo la discusión en la SCJN sobre el proyecto de sentencia de la ministra Herrerias y con ello manifestar si debe gravarse con el Impuesto Sobre la Renta (ISR) estos recursos cuando sean entregados a familiares del trabajador ya fallecido. Afortunadamente el proyecto fue votado en contra por seis ministros de la SCJN y prevaleció la tesis de que estos no deberían ser gravados.
Pero en esta discusión llamó la atención la intervención de la ministra Lenia Batres, autollamada ministra del pueblo, donde señalaba que los fondos de subcuenta de retiro los trabajadores si debieran gravarse con el ISR, argumentado que, al no constituir un ingreso propio del esfuerzo de los beneficiarios, del mismo modo que en que debería gravarse los ingresos por legados o por herencia en lo general.
A pesar de que el proyecto fue desechado, dejó la puerta abierta para que cualquier legislador de izquierda la retome y piense a favor de una mayor recaudación al estado.
Esperemos que este legislador no surja, por el simple hecho de “quedar bien” con el presidente o presidenta, porque entonces tendría que haber una serie de modificaciones legales que llevarían hasta gravar los recursos que reciben muchos grupos vulnerables en este momento, porque no son esfuerzo de su trabajo.















