A fin de reconocer expresamente la presunción de legítima defensa en casos de violencia de género y exigir a ministerios públicos y jueces a valorar los casos con perspectiva de género, la diputada Alma Laura Ruiz López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, presentó una iniciativa que reforma los artículos 15 y 16 del Código Penal Federal.
Al respecto, refirió que el día 12 de diciembre de 2019, la oficial de policía municipal de Tijuana Alina Mariel Narciso Tehuaxtle fue víctima de un ataque violento perpetrado por su entonces pareja, también integrante de la corporación policiaca. En un intento de salvaguardar su vida, Alina repelió la agresión con el arma de cargo de su agresor, provocándole la muerte.
Sin embargo, lejos de reconocer su derecho a defender su vida en legítima defensa, fue condenada a 45 años de prisión. Pero, tras tres años privada de su libertad, en mayo de 2023 fue absuelta al reconocerse que actuó en legítima defensa. “Este caso no es aislado, refleja una realidad dolorosa en México, donde mujeres que sobreviven a episodios de violencia extrema terminan siendo criminalizadas por el Estado”, explicó.
Ruiz López agregó que, derivado de este caso, el 8 de septiembre de 2023 fue aprobado y publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el decreto No. 278, mediante el cual se expidió la reforma conocida como “Ley Alina”, presentada por la diputada local Liliana Michel Sánchez Allende. Explicó que, a través de dicho decreto, se modificaron los artículos 23 y 79 del Código Penal para el Estado de Baja California, así como diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
“Con esta reforma se presume la legítima defensa en casos de violencia de género, no se considera exceso en la defensa cuando la víctima actúe bajo miedo, terror o confusión, y se obliga a fiscales y jueces a actuar con perspectiva de género”, indicó. Sin embargo, remarcó que la Ley Alina es actualmente de carácter estatal, por lo que protege sólo a las mujeres en Baja California y en entidades que la han replicado, lo que “genera una desigualdad jurídica, mientras en un estado la mujer es absuelta, en otro puede ser condenada”.
Por ello, la legisladora por el Estado de México, propuso modificar los artículos 15 y 16 del Código Penal Federal para: reconocer expresamente la presunción de legítima defensa en casos de violencia de género; establecer que no habrá exceso en la defensa cuando la víctima actúe bajo miedo, terror o confusión; y obligar a ministerios públicos y jueces a valorar los casos con perspectiva de género.
Se establece que no hay exceso cuando una mujer actúa bajo el miedo, el terror y la confusión por defender su vida, y obliga a todas las autoridades a juzgar con perspectiva de género, como ya lo mandata nuestra Constitución y los tratados internacionales. Porque, “aunque la legítima defensa está reconocida, las mujeres aún enfrentan injusticias en un sistema que muchas veces archiva las denuncias, minimiza la violencia y normaliza el abuso, incluso las culpa, pero actúa con todo su peso cuando una mujer sobrevive”, mencionó.
La legisladora federal enfatizó que más de 70 de las mujeres en México han sufrido algún tipo de violencia, casi la mitad ha enfrentado violencia sexual o algún tipo de acoso y todos los días, en promedio, 10 mujeres son asesinadas. En ese tenor, “no podemos ser indiferentes, no podemos mirar hacia otro lado. Es tiempo de dignidad, es tiempo de darles justicia”
“Porque tenemos a mujeres que, defendiendo su vida, están cumpliendo condenas injustas. Porque, mientras discutimos aquí, allá afuera la realidad es contundente y es dolorosa. Por ellas y por miles de mujeres que siguen esperando justicia, por las que ya no están y por las que hoy, en este momento, están luchando por sobrevivir”, sostuvo.
La propuesta de iniciativa se dio turno a la Comisión de Justicia para su dictamen.












