Advertisement

SCJN rechaza atraer el caso de abuso sexual en el kinder Marcelino de Champagnat

El pasado 13 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer el caso de abuso sexual cometido en agravio de 17 niños en el Kinder “Marcelino de Champagnat” en la Ciudad de México, por Ramón Morales Jacobo, quien fue condenado a 494 años y nueve meses de prisión.

Los integrantes del Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en la Ciudad de México pidieron a la Corte atraer el asunto para que fijen un criterio sobre los alcances probatorios de los testimonios de niños en casos de abuso sexual infantil organizado pues no hay jurisprudencia al respecto.

Esto, debido a que una de las víctimas que declaró en contra del sentenciado lo reconoció a través de una fotografía que fue difundida en medios de comunicación con el cintillo que reserva su identidad, por lo que el Colegiado pidió a la Corte establecer una interpretación sobre los requisitos legales y constitucionales que debe tener el reconocimiento realizado por un niño para no trasgredir la presunción de inocencia ni provocar un efecto corruptor.

Sin embargo, sin realizar un debate público, sólo dos ministras alzaron la mano para atraer el asunto; Sara Irene Herrerías no pudo votar porque la investigación del caso estuvo a cargo de una fiscalía dependiente de la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos en la Fiscalía General de la República (FGR) de la que ella fue titular.

Los seis ministros restantes no alzaron la mano y por eso el caso no fue atraído por la Corte, por lo que el expediente será devuelto al Primer Tribunal Colegiado para que sea este quien dicte su sentencia final.

El asunto derivó del amparo directo 134/2024 tramitado por Ramón Morales Jacobo en contra de su condena emitida desde el año 2023 en la que fue declarado culpable de pederastia, pederastia agravada, pederastia en grado de tentativa, violación equiparada agravada y abuso sexual agravado cometido en el año 2018 en agravio de 17 niñas y niños de entre tres y cinco años de edad.

Aunque la condena suma 494 años y nueve meses de prisión, pero debido al límite constitucional solo debe compurgar 60 años de prisión y pagar una multa de mil UMAS, equivalentes a 80 mil 600 pesos.

Morales Jacobo era asistente técnico pedagógico en el jardín de niños ubicado en la alcaldía Gustavo A. Madero y durante el juicio la FGR presentó, entre otras pruebas, las declaraciones de los niños víctimas que señalaron a su agresor por realizarles tocamientos, introducirles cosas vía anal o vaginal y violentarlos en el baño o el gimnasio de la escuela.

La condena también ordenó a la Secretaría de Educación Pública (SEP) ofrecer una disculpa pública a los niños y sus familias, en la que se debía reconocer que el Estado omitió protegerlos.

Aunque la sentencia es del año 2023, la SEP cumplió con este mandato hasta el 28 de agosto de 2025 porque Morales Jacobo presentó un recurso de apelación que fue resuelto el 31 de julio de 2023 confirmando la condena de primera instancia.

Contra esta determinación del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación en materia Penal de la Ciudad de México tramitó el amparo directo que la Corte rechazó resolver.