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Democracia, Derecho de la humanidad

Manuel Cifuentes Vargas

La democracia y los derechos humanos son consustanciales. Se deben, alimentan y retroalimentan entre sí. No hay democracia sin derechos humanos, y no hay derechos humanos sin democracia. La democracia, además de ser un derecho humano, a su vez se revela como una auténtica garantía para los derechos humanos. Digámoslo con otras palabras. La democracia tiene un doble propósito y misión que está implícito en su esencia misma: ser un derecho y una garantía a la par para hacer vivos y efectivos esos derechos y, éstos al mismo tiempo, a la propia democracia. Es una garantía como sistema de gobierno para hacer reales esos derechos políticos, sociales, económicos y culturales humanos.

Y es que la democracia es el único sistema de gobierno que puede garantizar la existencia, validez, vigor y perdurabilidad inmutable de los derechos humanos, evitando su retroceso. Ninguna dictadura, tiranía ni autoritarismo; en suma, ningún régimen totalitario, por su propia esencia y naturaleza, acepta y menos garantiza la presencia real en su plenitud de los derechos humanos. Es más, para la existencia de estos regímenes de gobierno, es lo primero que socaban y eliminan.

No hay derechos humanos seguros, firmes y respetados en autocracias. Todo indica que a todas éstas les incomodan, les estorban y les da urticaria, por lo que los repelen. Los derechos humanos solo han germinado, crecido y florecido en democracias. Porque la democracia es sinónimo de libertad; de igualdad social y de oportunidades; de diversidad; pluralidad; de total aceptación e inclusión; de participación, y en la que se da valor a la palabra y se valora el diálogo. Es la tierra fértil y generosa donde todos cuentan y son contados sin distinción alguna, y en la que las personas libremente proyectan y hacen valer sus cualidades y capacidades.

Por lo mismo, no hay verdadera división de poderes, sino simulación de éstos en las dictaduras, tiranías y autoritarismos, porque en estos espacios y ambientes políticos y de gobiernos, los poderes son dóciles y están subordinados a la voluntad de un solo poder; de un solo hombre que está en el Poder Ejecutivo. De ahí la mayesticidad con la que comúnmente se presenta y se hace sentir el presidente. Ningún totalitarismo es garantía para la existencia real y verdadera de la División de Poderes; esencia, elemento y característica de la democracia. En estos regímenes el autócrata se considera el Estado. Cree y está convencido que él es el Estado.

Por eso, en la medida que la democracia avanza, hay más y mejores derechos humanos. Pero no solo cantidad, sino cada vez más calidad en éstos. Y que, por lo mismo, la democracia se propone y procura darles mayor y mejor cobertura a éstos, porque ella misma es parte de ellos. En la medida que los cobija, se abriga y blinda a sí misma.

La democracia como derecho humanoinnato de las personas, en la normativa histórica viene desde las declaraciones francesas del hombre y del ciudadano de finales del siglo XVIII, aunque su primer germen, por lo menos así se dice, lo ha reconocido y aceptado la ONU, data desde la milenaria Persia, con Ciro “El Grande”, fundador y creador del antiguo Imperio Persa, pues se han encontrado vestigios de que a él se deben las primeras pinceladas escritas de una decisión y declaración de derechos de este carácter, dictados en favor del pueblo judío de aquellos lejanos tiempos, lo cual, sin lugar a dudas, fue verdaderamente revolucionario para aquellos inhóspitos tiempos dominados por permanentes invasiones, conquistas y sometimientos. No se respetaba ni perdonaba nada ni a nadie como pueblos, si no se doblegaban; pero con ello también brotó el surgimiento de mucho heroísmo de pueblos por mantener su sobrevivencia; esto es, su derecho a vivir a cualquier costo.

Se dice que Ciro en el año 539 A. C., al conquistar Babilonia, liberó a todos los esclavos (algo que no se había hecho antes) permitiendo que el pueblo conquistado conservara su religión, su idioma, sus costumbres y su identidad. Se grabó en un cilindro pequeño de arcilla con escritura cuneiforme. En éste se dice que ningún hombre podía ser esclavo por conquista. Que todos los pueblos tenían derecho a su tierra y a su fe. Hoy ese cilindro está en el Museo Británico. Se afirma que la ONU ya lo reconoció como la primera declaración de derechos humanos de la historia. También se indica que los judíos en ese tiempo llevaban 70 años cautivos en Babilonia. Ciro los liberó y les devolvió el oro del templo de Salomón y los financió para reconstruir Jerusalén. Se expresa que por eso es el único rey extranjero al que la Biblia llama el “Ungido de Dios”. Un rey persa en el texto sagrado hebreo. Adorado como un enviado divino por un pueblo que no era el suyo. Ciro murió en el 530 A. C. Su tumba simplemente dice: “aquí yace Ciro, rey de reyes.” Fuente (Legados del Mundo, en Facebook).

Sin embargo, con la Revolución Francesa y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, políticamente se revolucionó el poder absoluto hacia una mayor democratización y jurídicamente hacia su constitucionalización, hasta que, con las continuas reformas al poder, éste cada vez se democratiza más en su evolución. Así, con estos dos hechos, en el tiempo y espacio, se ha venido acelerando la democratización del poder.

Por el contrario, la autocracia, por no ser connatural a los derechos humanos, no ha evolucionado como sistema de gobierno. Por el contrario, se resiste al cambio y, cuando puede, retrocede, manteniendo reprimidos a los derechos humanos. En lugar de dar pasos adelante, los da hacia atrás; caminan de reversa y, en el mejor de los casos, se mantiene incólume; se conserva tal cual, en su estatus y modo de vida, y no se mueve. Y, para tal fin, se aprovechan de las ideologías; de las que más les acomodan, sobre todo de las de izquierda y del populismo para edulcorar a la gente hablándole dulcemente para encantarle, adormecerla y dominar su mente. Las adopta y en base a su perfil político, social y económico, disque velan, hablan y actúan por el pueblo; pero siempre lo hacen en menoscabo de la extensa plenitud de los derechos humanos que tenemos todos. Estos autoritarios, tiranos y dictadores, hoy populistas, envueltos en esta ideología, como dijera el Papa Francisco, piensan y hablan por el pueblo; pero no dejan pensar ni hablar al pueblo, y mucho menos los dejan ejercer enteramente sus derechos humanos.

Las dos Declaraciones de los Derechos del Hombre y del Ciudadano francesas, la primera del 26 de agosto de 1789, y la segunda, más amplia, del 24 de junio de 1793, si bien es cierto que no emplean el vocablo “democracia”, sí contienen en su articulado muchos elementos y conceptos que son propios de la democracia y que la hacen ver y sentir como tal.

Así, la primera declaración, desde su preámbulo habla de que los derechos del hombre son inalienables, sagrados y que deben ser respetados; y en el numeral 2° determina que “la finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.” En el artículo 3°, establece que “el principio de toda soberanía reside esencialmente en la nación. Ninguna corporación ni individuo pueden ejercer autoridad que no emane de ella expresamente.” A su vez en el precepto 5° expresa que “la ley no puede prohibir sino las acciones perjudiciales a la sociedad.” En el 6° señala que “la ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen el derecho de participar personalmente, o a través de sus representantes, en su formación.” En los artículos 10 y 11, declara la libertad de pensamiento, de opinión, de creencias, de escribir y de prensa. Y de forma tajante, en el artículo 12 apunta que “la garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública; esta fuerza es instituida para el beneficio de todos y no para la utilidad particular de aquellos a quienes está confiada.” Y en el numeral 16 manifiesta que “toda sociedad en la cual la garantía de estos derechos no está asegurada ni determinada la separación de poderes, no tiene constitución.”

En la segunda declaración, más extensa que la primera, en la que se amplían, desglosan, puntualizan y establecen los alcances de estos derechos, y que suma otros más, se reitera que los derechos naturales del hombre son inalienables y sagrados, y que nuca se dejen oprimir ni envilecer por la tiranía.

Ya en el artículo 1° prescribe que “la meta de la sociedad es la felicidad común. El gobierno está instituido para garantizar el goce de sus derechos naturales e imprescriptibles.” En su precepto 7° se asienta que “no pueden ser prohibidos: el derecho a manifestar el pensamiento y las opiniones, sea por medio de la prensa, sea de cualquier otra forma, el derecho de reunirse pacíficamente, el libre ejercicio del culto.” En su artículo 9°, afirma que “la ley debe proteger la libertad pública e individual contra la opresión de los que gobiernan.” En el 23, dice que la garantía social consiste en la acción de todos para asegurar a cada uno el goce y la conservación de sus derechos; esta garantía reposa en la soberanía nacional.”

En el numeral 25, escribe que “la soberanía reside en el pueblo; es única e indivisible, imprescriptible e inalienable.” El 26 puntualiza que “ningún sector del pueblo puede ejercer el poder del pueblo entero; pero cada sección del soberano, reunida, debe gozar del derecho a expresar su voluntad con entera libertad.” Incluso llegó a considerar tan sagrado y del más alto valor el concepto de la soberanía del pueblo, que llegó a establecer en su artículo 27 que “todo individuo que usurpe la soberanía debe ser inmediatamente ejecutado por los hombres libres.” En el precepto 30 consigna que “las funciones públicas son esencialmente temporales; no pueden ser consideradas como distinciones ni como recompensas, sino como deberes.” En el artículo 31 mandata que “los delitos de los representantes del pueblo y de sus agentes nunca deben quedar impunes. Nadie tiene el derecho de considerarse más inviolable que los demás ciudadanos.” En el 33 anota que “la resistencia a la opresión es la consecuencia de los demás derechos del hombre.” En el 34 registra que “hay opresión contra la sociedad cuando uno solo de sus miembros está oprimido. Hay opresión contra cada miembro cuando la sociedad está oprimida.” Y finalmente en el numeral 35, se inscribe que “cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es para el pueblo y para cada parte de él el más sagrados de los derechos y el más indispensable de los deberes.”

A su vez, ésta sí plenamente vigente para todos los países suscriptores de ella, la “Declaración Universal de los Derechos del Hombre” de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), fechada el 10 de diciembre de 1948, en sus considerandos proclama que el respeto a la dignidad humana “… y a sus derechos iguales e inalienables son el fundamento de la libertad, de la justicia y de la paz del mundo.”; por lo que “… sean protegidos por un régimen de derecho para que el hombre no se vea obligado, en último término, a rebelarse contra la tiranía y la opresión;” en la primera parte de su artículo 1° prescribe que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos.” Artículo 3° “todos los individuos tienen derecho a la vida, a la libertad y a la igualdad de su persona.” En el artículo 21 numeral 3 apunta la razón, concepto y fundamento de la democracia al precisar que “la voluntad del pueblo es el fundamento de la autoridad de los poderes públicos; esta voluntad debe expresarse por elecciones sinceras que deben celebrarse periódicamente por sufragio universal igual y secreto o siguiendo cualquier procedimiento equivalente que asegure la libertad del voto.” En el artículo 29 fracción 2, fija que “en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, cada uno no está sometido más que a las limitaciones establecidas por la ley exclusivamente para asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades ajenas y con el fin de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.”

Y como en estos derechos se encuentran los elementos torales de la democracia; los ingredientes que forman su columna vertebral, incluso los propios organismos internacionales continentales, regionales y mundiales los convalidan y los declaran parte de su esencia y razón de su creación, como se puede leer en su normativa constitutiva. De ahí el compromiso de la importante convencionalidad de estos derechos, reforzados con las cláusulas democratizadoras que los animan, contemplan y establecen como pilares de la concordia, estabilidad, paz, progreso, desarrollo y bienestar global.

Por lo apuntado, la democracia es el motor generador de la progresividad y esplendor de los derechos humanos, y éstos a su vez le dan razón, vitalidad e impulso a la democracia para vivir mejor. Los autoritarismos, tiranías y dictaduras, por el contrario, los inhiben, los maltratan, los marchitan y los consumen. Porque estos regímenes solo se sirven del pueblo para vivir. Luego entonces, en estos sistemas políticos ¿cuál pueblo?; ¿cuál soberanía del pueblo?; ¿de dónde pueden hablar que el pueblo es el que manda y que lo representan? Este tipo de gobernantes consideran que la soberanía son ellos, por lo que más bien se puede decir, como en tiempo ya idos, que quieren recrear seudo soberanías; soberanías de un solo hombre o de unos cuantos de ellos; esto es, reprobables soberanías tiránicas, soberanías dictadoras y soberanías autoritarias, y nunca reconocer las genuinas soberanías demócratas y verdaderamente de los pueblos.

Se mal entiende o se escudan los totalitarismos en una falsa soberanía. Ellos no pueden argüir una soberanía, porque ellos no son la soberanía. Son simples mandatarios del verdadero soberano. El soberano es el pueblo, y si estos gobiernos son los que están contra el pueblo, lo humillan, maltratan, sojuzgan, lo engañan, quebrantan su salud, lo tienen en la miseria y le roban sus derechos humanos, entre ellos los políticos, no pueden hablar de soberanía, porque son los primeros que la mancillan. Por eso no tienen ninguna autoridad para hablar de la soberanía ni en nombre de la soberanía. La soberanía por antonomasia es democrática, porque es el pueblo y es del pueblo, no de uno o unos gobernantes. Una autocracia nunca podrá ser soberana ni democrática.

La soberanía nace, descansa y emana del pueblo; por eso es democrática por naturaleza. Porque lo es de todo el pueblo. La soberanía por sí misma, por ser del pueblo, no puede ser tiránica, dictatorial ni autoritaria, pues no podría ir contra sí misma; sería contra natura. No se puede tiranizar a sí misma; no puede ir contra ella misma, porque es el pueblo mismo.

Por eso, por ser los derechos humanos inherentes a todas las personas desde su concepción, nacimiento y durante toda su vida; éstos son propios de todos los seres humanos por el solo hecho de serlo, por lo que humanamente lo son (independientemente de su composición social; esto es, de la propia de los países y de los migrantes) de todas las poblaciones y, políticamente, de todos los pueblos de los países y de todo el mundo. Luego entonces, siendo la democracia uno de sus derechos humanos y como propietarios de su soberanía, los pueblos se constituyen en el completo garante de la democracia en el uso pleno de su libertad y soberanía, conforme a los mecanismos constitucionales, legales y convencionales establecidos. El mejor espacio para la vida, confort y la total vigencia de los derechos humano, es en la democracia plena. Los derechos humanos solo pueden tener la garantía de su validez, respeto, vigencia y efectividad; esto es, de su vida misma, en democracia. Esos derechos de la humanidad que en la civilización demócrata han sido posibles.